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Constituciones y reglas -- Casas provinciales

 Materia
Materia fuente: Tesauro Propio Del Ajmpe
Nota alcance: Las casas de un instituto religioso se erigen por la autoridad competente según las constituciones, con el consentimiento previo del Obispo diocesano, dado por escrito.

Encontrado en 1 Colección o registro:

Noviciado 9, abultar: 1991 - 2003

 Álbum — Album_fotográfico DP07/E3B1-9
Identificador: DP07/E3B1-9